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Guías para la firma de formularios y documentos en la tramitación de ERTE y cese de actividad de autónomos

Servicio de Asesoramiento en Tecnologías de la Información (Satipyme) de la Cámara ha preparado dos guías para la firma de los distintos formularios y documentos que requieren las distintas administraciones/mutuas para remitir la documentación en ERTES y Solicitud extraordinaria de Cese de Actividad para autónomos. Para cualquier aclaración, pueden ponerse en contacto con el servicio:  o si necesitáis soporte no dudéis en contactar con nuestro servicio en el correo sati@camarahuesca.com Pinchar en el enlace para descargar las guías:

Para hacer uso de Administración Electrónica se necesita un certificado digital. La Cámara de Comercio de Huesca, junto a la Autoridad de Certificación Camerfirma, ha preparado un plan de contingencia  mientras dure el estado de alarma para dar servicio a quienes no cuentan con un certificado digital en este momento. En cuanto a las comunicaciones con vuestro empleados, ¿Qué pasa si mi empresa estaba cerrada en el momento de entrada en vigor del Estado de Alarma y no puedo conseguir que mis trabajadores firmen que les he comunicado la presentación del ERTE? En ese caso será suficiente la presentación de cualquier documento que acredite que la empresa ha realizado esa comunicación aunque no esté firmada la recepción por los trabajadores como, por ejemplo, un correo electrónico. Otra información: En cuanto al SEPE: ¡ATENCIÓN! A partir de hoy están disponibles nuevos teléfonos GRATUITOS de información para ciudadanos y empresas: CIUDADANOS 900 81 24 00 EMPRESAS 900 81 24 01 Recuerda que siguen operativos todos los números de atención telefónica disponibles hasta el momento – Se suspenden plazos en la presentación de solicitudes: no se recortan derechos por presentar solicitudes fuera de plazo. – Se han adoptado medidas de protección por desempleo para los trabajadores afectados por suspensiones de contrato y reducciones de jornada (ERTEs). > Si ya es perceptor de prestaciones o subsidios por desempleo: – Durante este período su demanda permanecerá en alta sin necesidad de acudir a su Oficina a renovarla. – No se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, el pago se mantendrá transcurridos los seis meses. – No se interrumpirá el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años. > Si se ha visto afectado por un ERTE,  no tiene que solicitar cita previa con el SEPE, ya que la gestión de su prestación se tramitará entre su empresa y  el SEPE. Próximamente daremos más detalles sobre este procedimiento. > Si se encuentra en situación de desempleo no motivada por un ERTE, solicite cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE (indique correo electrónico). Prestación extraordinaria de Cese de Actividad Para acceder a esta nueva prestación, la persona beneficiaria deberá dirigirse a la Mutua habitual con la que tengan cubiertos las contingencias profesionales o al SEPE en los casos en los que tengan la cobertura con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Puede ser por dos motivos:  
  • Primer caso: Aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, cuya actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma
  • Segundo caso: Aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 % en relación con el promedio de facturación del semestre anterior. Tu caso es el primero, el de que tus actividades han quedado suspendidas.
  En cuanto a la información del  REAL DECRETO-LEY MEDIDAS EXTRAORDINARIAS EN RELACIÓN AL COVID-19 EN EL ÁMBITO FINANCIERO – FISCAL (RDLey 8/2020, de 17 de marzo de 2020)
  • LINEA DE AVALES
Se aprueba una línea de avales para la cobertura(artículo 29), por cuenta del Estado, de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos. Las condiciones, requisitos y plazos se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.  
  • EN RELACION CON LAS LÍNEAS ICO:
Se amplía en 10.000 millones de euros el límite de endeudamiento neto previsto para el ICO para facilitar la liquidez de las empresas. Se instrumentalizarán o modificarán líneas de financiación ICO en ese sentido (artículo 30).   Ya existía una línea  ICO para los afectados por el cierre de THOMAS COOK, que recientemente se ha ampliado para el resto del sector turístico y actividades conexas afectadas por la crisis del covid-19. Las actividades que pueden solicitar esta línea son las que aparecen en este enlace: https://www.ico.es/documents/19/2320094/Tabla+CNAE+ICO+Sector+Turistico+acitiviades+conexas+covid19+-Thomas+Cook/3b53c87b-18bf-48cc-9aee-60e2745930ae (se incluyen además de alojamientos y agencias, taxis, restaurantes, bares, y otras actividades relacionadas). Es una medida para conseguir liquidez a través de un préstamo a un tipo de interés fijo, TAE máxima del 1,5% incluidas comisiones, y con plazos de amortización entre 1 y 4 años con uno de carencia de principal. Ficha explicativa completa, cómo solicitarlo y documentación necesaria: https://www.ico.es/documents/19/2320094/Ficha+Larga+L%C3%ADnea+ICO+Sector+Tur%C3%ADstico/8d02c4f1-863b-4e1a-910f-dfdc0c1735a1   El teléfono de información gratuito es el 900 121 121 Enlace al resto de líneas de financiación ICO: https://www.ico.es/web/ico/empresas-y-emprendedores
  • LINEA DE COBERTURA EXTRAORDINARIA
Se autoriza la creación de una línea de cobertura aseguradora de 2.000 millones de euros con cargo al Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización. Dirigido a empresas internacionalizadas o en proceso de internacionalización y que se enfrenten a problemas de liquidez o falta de acceso a la financiación como resultado del impacto de la crisis del COVID19. Serán elegibles los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora para nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual. (Condiciones desarrolladas en el Artículo 31) Financiación ICO y con las líneas de avales y coberturas sobre operaciones financieras Toda la información y cómo contactar con el resto de servicios de Cámara Huesca se puede consultar en: http://www.camarahuesca.com/actualidad-crisis-covid-19-recopilacion-de-informaciones/ Esta información ha sido elaborada por el Servicio Satipyme. Este servicio está cofinanciado por el Gobierno de Aragón, Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información.]]>

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