Horario: de lunes a viernes de 9 a 14h
C. Santo Ángel de la Guarda, 7, 22005 Huesca
Tel: 974 21 88 99
camarahuesca@camarahuesca.com

Ayudas para la creación de nuevas empresas – Ayuntamiento de Huesca

El 30 de septiembre finaliza el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas por creación de nuevas empresas en el término municipal de Huesca.

Las actuaciones objeto de subvención contempladas en la presente convocatoria deberán estar realizadas dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2012 y el 30 de septiembre de 2013.

Duración: Del 05-06-2013 al 30-09-2013

Convocatoria: Del 05-06-2013 al 30-09-2013

Dirigido a:

Podrán acceder a estas ayudas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que realicen la actividad que fundamenta su otorgamiento, y que reúnan los siguientes requisitos exigidos en las Bases Reguladoras de la Convocatoria de estas Ayudas.

¿Cómo realizar el trámite? (Requisitos):

Debe cumplimentar el formulario electrónico que aparecerá al seleccionar el icono de ‘Tramitar Web Con Certificado’ en la parte superior de esta página.

·   Para realizar esta operación deberá disponer de un DNI electrónico o de otro certificado electrónico admitido por el Ayuntamiento de Huesca (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre ; Camerfirma)

·   En caso de que el trámite requiera enviar documentos adicionales deberá escanearlos y guardarlos en su ordenador. Al realizar la tramitación on line podrá adjuntar esa documentación y enviarla.

·   Podrá consultar el estado de la tramitación en la Carpeta Ciudadana

Tramitar Presencial

Entregando documentación en:

Registro General del Ayuntamiento de Huesca*

Plaza de la Catedral s/n

* Horario de atención al ciudadano de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

¿Qué debo presentar? (Documentación necesaria):

·         La SOLICITUD (adjuntada en este trámite) debidamente cumplimentada y firmada por el interesado o, en su defecto, por quien ostente su representación legal, conforme a modelo normalizado que figura como ANEXO I de esta convocatoria.

·         Otra documentación a aportar:

•Autorización para recabar datos de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social (ANEXO II, adjuntado en este trámite).

• Ficha de terceros (ANEXO III, adjuntado en este trámite).

• Documentación acreditativa de la representación para actuar ante el Ayuntamiento de Huesca, si la persona que firma la solicitud no es el titular.

• Facturas originales que justifiquen las inversiones, en las que deberá hacerse referencia expresa, o estar dirigidas, al local para el cual se solicita la ayuda.

• Declaración responsable, si fuera necesaria (ANEXO IV, adjuntado en este trámite)

• Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante:

o        Copia del DNI, en caso de empresarios individuales.

o        Copia de las escrituras de constitución, en el caso de Sociedades Mercantiles, Cooperativas y Laborales.

•Vida laboral de la empresa desde el 1 de octubre de 2012, o desde el alta de la empresa en la Seguridad Social, hasta la fecha de la solicitud.

•Vida laboral actual de los socios que se encuentren dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

•Y, en su caso, documentación que justifique la situación de desempleo de los trabajadores contratados.

¿Que plazo tengo para presentar la solicitud? (Plazos):

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y finalizará el día 30 de septiembre de 2013.

Órgano competente para resolver (Órgano Gestor):

Departamento Desarrollo. Ayuntamiento de Huesca*

Plaza de la Catedral s/n

Teléfono: 974 29 21 81/974 29 21 86

* Horario de atención al ciudadano de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

Una vez aprobada la propuesta de resolución, se elevará a la Alcaldía-Presidencia para su resolución.

Silencio administrativo:

El plazo máximo para resolver y notificar será de tres  meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo se interrumpirá cuando se soliciten  aclaraciones o se requiera la presentación de documentación complementaria, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido.

Si transcurrido dicho plazo, no se hubiese dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Normativa:

Bases Reguladoras de la Convocatoria de estas Ayudas.

Ordenanza de Fomento del Empleo y la Actividad empresarial de 27 de febrero de 2013.

Ley 38/2006, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Observaciones (Comentario):

La cuantía máxima de la subvención será del 25% de la inversión total subvencionable realizada dentro del periodo subvencionable, con el límite máximo de 7.000.-€.

Documentos Asociados:

·                                 BASES. Ayudas 2013 para la creación de nuevas empresas

·                                 ANEXO I. SOLICITUD NUEVAS EMPRESAS

·                                 ANEXO II. AUTORIZACIÓN

·                                 ANEXO III. FICHA DE TERCEROS

·                                 ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE

·                                 ANEXO V. ACTIVIDADES EXCLUIDAS NUEVAS EMPRESAS

·                                 BOP. CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA NUEVAS EMPRESAS

X