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Ahorre costes innecesarios en los anuncios de actos societarios con el servicio de Publicación Certificada

Con la entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio, y del Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre de 2010, por el que se deroga y modifican determinados artículos de esa Ley, se elimina la obligatoriedad de publicitar los actos societarios a través de anuncios en periódicos de tirada provincial/nacional y se permite la Publicación Certificada de los anuncios en las webs de las propias sociedades. La Cámara  le ofrece un nuevo servicio para que pueda aprovechar las ventajas y el ahorro que supone la Publicación Certificada. 
Sin embargo, el vacío legal existente sobre la forma y los requisitos de seguridad necesarios para ello, hace imprescindible para la entidad dejar evidencias jurídicas respecto de la identidad de la sociedad y temporales sobre el momento en que se hizo la publicación.
CAMERFIRMA, a través de la cámara oficial de comercio e industria de la provincia de huesca ofrece una solución que garantiza a las empresas todo el valor legal y la plena validez jurídica en sus publicaciones, pues vienen acreditadas por un tercero de confianza (Autoridad de Certificación Camerfirma) que da fe de la identidad de las empresas y del momento en que se publican a través del servicio Publicación Certificada Camerfirma.
Todos los anuncios que venían realizando las empresas en periódicos de tirada provincial/nacional se podrán realizar a través de la Publicación Certificada en sus propias webs, por solo 50 euros/publicación con el consiguiente ahorro de costes que esto supone. Por ejemplo:
–         Publicación en el Registro Mercantil: una vez inscrita, el registrador mercantil remitirá para la publicación telemática los datos relativos a la escritura de constitución para su publicación en el BOE.
–         Forma de convocatoria: la Junta General se podrá convocar mediante anuncio publicado, mediante Publicación Certificada, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en la pagina web de la sociedad.
–         Los Estatutos de las Sociedades Limitadas podrán establecer que la convocatoria se realice mediante Publicación Certificada en las webs en sustitución del sistema anterior de publicitarlo en diario de mayor tirada de la provincia.
–         En las Sociedades Anónimas se podrán publicar en la página web: cambios de denominación, domicilio, sustitución u objeto social de la sociedad.
Puede solicitar más información sobre este servicio o sobre cómo realizarlo a través del correo electrónico: mpuyuelo@camarahuesca.com
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